Contratos
Salvo excepciones, los contratos existen aun cuando no se escriban; por el sólo "acuerdo de voluntades".
Nunca se debe confundir la existencia de un contrato, con la forma que ese puede tener: verbal o escrito.
Que un contrato no conste por escrito, no necesariamente significa que no ha sido celebrado o que no tenga valor.
Ocurre sí, que un contrato escrito es más fácil de probar, por lo que será una ventaja en caso de conflicto.
Elaboración y revisión de contratos.
La ventaja de la escrituración contractual no es la única razón para una cuidada elaboración y revisión de estos acuerdos.
Debes conocer que muchos contratos sólo tendrán valor cuando consten por escrito, e incluso, sólo cuando, además, se otorguen específicamente por escritura pública.
Entre estos últimos, varios también requieren incorporar cláusulas esenciales para su validez.
Otros en tanto, sólo permitirán acceder a determinados beneficios cuando han sido escriturados, y en particulares condiciones.
Y algunos necesitaran para ser cumplidos o hacerlos exigibles, realizar trámites previos o posteriores a su escrituración.
Un buen contrato debe anticipar problemas futuros, prever, en todo lo que le sea posible, los distintos escenarios y la forma como resolverlos.
Necesitas confeccionar o examinar alguno de estos contratos o informes. Consúltanos.
Compraventa
Usufructo
Contrato de Trabajo
Liquidación Comunidad
Sociedad
Servidumbre
Incumplimientos contractuales.
Diversos son los propósitos por los que una persona puede obligarse para con otra, y múltiples las posibilidades de que no cumpla las obligaciones asumidas.
No todos los incumplimientos contractuales tienen la misma relevancia, unos podrán afectar una parte esencial del contrato y otros sólo una parte accesoria.
Importante será analizar si con ese incumplimiento, ¿el resto del contrato carece de sentido, o puede seguir aún vigente?. También, conocer la voluntariedad en la infracción: ¿simplemente no se ha querido cumplir, o un hecho insuperable lo ha impedido?. Igualmente necesario será preguntarse, ¿el incumplimiento ha provocado perjuicio?.
Frente al incumplimiento, en algunas oportunidades posiblemente se necesite forzar el cumplimiento del contrato; en otras, obtener reparación de todo el daño ocasionado por su incumplimiento, y algunas simplemente, obtener un pago por equivalencia de lo adeudado.
Para obtener tales resultados, normalmente, se deberá acudir a un procedimiento judicial, existiendo plazos para hacerlo.
Ha surgido un conflicto, y debes enfrentar alguna de estas disputas contractuales. Consúltanos.
Resolución de Contrato
Cumplimiento de contrato
Acción reivindicatoria
Pago de rentas
Cobro ejecutivo
Prescripción de deudas
Demarcación y Cerramiento
Indemnización de Perjuicios
Oposición saneamiento de títulos
Reclamación expropiaciones
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